El BCRA determino ampliar a 365 días corridos, el plazo previsto para las liquidaciones de divisas por servicios a no residentes, contemplado en el párrafo del punto 2.1. del Anexo de la Comunicación “A” 5264 del 3.01.2012 (Donde determinaba un plazo previsto de 15 días hábiles).
Lo expuesto precedentemente será aplicable a los cobros percibidos a partir de dicha fecha como así también a los percibidos con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente cuyo plazo para la liquidación de los fondos no estuviera vencido a esa fecha.
Esta ampliación tiene vigencia a partir del 01.07.2016 inclusive.
Liquidación de divisas por servicios a no residentes
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