Tras el pedido de la entidad ante la coyuntura actual, el administrador de la AFIP, Leandro Cuccioli, le transmitió al presidente de CAME, Gerardo Díaz Beltrán, la prórroga para el cambio de los equipos para emitir tickets. Además, Cuccioli dio a conocer el cronograma de factura electrónica.
Reunión entre el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, con representantes de entidades gremiales empresarias, entre ellos, Gerardo Díaz Beltrán
En cuanto a los aparatos actuales, se podrán cambiar las memorias hasta el 31 de agosto de 2019, inclusive. Con posterioridad a esa fecha, sólo se podrán reemplazar los chip por fallas técnicas durante el primer año contado de su alta.
Pero a partir del 30 de septiembre de 2021 deberán utilizarse equipos de nueva tecnología que cada empresa tendrá que adquirir. Los plazos se regirán de acuerdo a la cantidad de controladores fiscales homologados que tenga la empresa, de acuerdo con el siguiente calendario:
- Del 1 de abril a 31 de mayo de 2021, aquellos que tengan más de 11 equipos de vieja tecnología habilitados.
- Del 31 de mayo al 31 de julio de 2021, aquellos que tengan entre 2 y 10 equipos de vieja tecnología habilitados.
- Del 31 de julio de 2021 al 30 de septiembre de 2021, aquellos que tengan un equipo de vieja tecnología habilitado.
Con la Factura de Crédito Electrónica establecida por la Ley 27.440 de Financiamiento Productivo las pymes tendrán una nueva opción para hacer efectivo el monto de sus facturas, obteniendo mayor flexibilidad en los plazos para obtener liquidez.
En países de la región, como Chile, estas herramientas llegan a representar un 10% del PBI, en tanto que, en Argentina, sólo el 0,3%. La generalización de la factura electrónica conformada mejora el acceso al financiamiento y promueve la formalización en las cadenas de valor implicando un gran paso en la lucha contra la evasión y el acceso al crédito.
A continuación, detallamos el cronograma de implementación por sector de la Factura de Crédito Electrónica:
– Automotriz: Marzo 2019
– Intermediación financiera y de seguros: Mayo 2019
– Suministro de gas, electricidad y agua: Mayo 2019
– Industria Manufacturera: Junio 2019
– Explotación de minas y canteras: Junio 2019
– Construcción: Julio 2019
– Transporte y Almacenamiento: Julio 2019
– Ventas minoristas de combustible: Julio 2019
– Otros servicios: Agosto 2019
– Agropecuario: Agosto 2019
– Servicios profesionales, alojamiento y comida: Septiembre 2019
– Comercio mayorista: Septiembre 2019
– Comercio minorista: Octubre 2019
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de marzo de 2019